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Ordenes y Circulares

CIRCULARES Y ÓRDENES 1851–1860

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IMPOSICIÓN DE MULTAS (27 de agosto de 1851)

A mi circular de 1.º de diciembre de 1848, era adjunta la escala gradual para la imposición de multas, marcándose en ella la cantidad máxima de las que cada clase podía imponer, como debe hacerse un detenido examen de las relaciones de faltas y castigos, y para conseguirlo debidamente al verificarlo con presencia de dicha escala gradual, tener presentes mis prevenciones de la enunciada circular, es indispensable el que por todos los Comandantes de provincia al expresar los individuos castigados en las relaciones de faltas cometidas se mencionen en ellas los nombres y clases de las personas por quienes se les impuso la multa. Esta circunstancia , que expresan ya algunos Tercios, loa considero conveniente, y debiendo además guardar todos los documentos la mayor uniformidad, encargado a V.S. se signifique siempre en lo sucesivo, haciendo también mérito en la relación de las multas que se impongan por resultado de sumarias.
Dios guarde a V.S. muchos años. Madrid 27 de agosto de 1851. El Duque de Ahumada. Sr. Jefe del… Tercio.

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CIRCULARES Y ÓRDENES 1845-1850

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MANDANDO DAR A CADA GUARDIA CIVIL UNA CREDENCIAL (26 de enero de 1845)

Conformándose S.M. con el parecer de V.E. acerca de la conveniencia de que los individuos de la Guardia Civil, que por su institución deben estar diseminados, se ha de servir mandar: que se generalice el método adoptado por el Jefe Político de Pamplona, de dar a cada uno de los Guardias Civiles una credencial al efecto, que deberá estar concebida en los términos que expresa el adjunto modelo. De Real Orden lo digo a V.E. para su inteligencia y cumplimiento. Madrid 26 de enero de 1845. Pidal. Sr. Inspector General de la Guardia Civil.

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CUALIDADES MORALES DE LA GUARDIA CIVIL (16 de enero de 1845)

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CUALIDADES MORALES DEL GUARDIA CIVIL

Circular.– Las cualidades morales de la guardia civil deben ser una de las principales atenciones de V.S.

La principal  fuerza del cuerpo ha de consistir en la buena conducta de los individuos que la componen.

Los principios generales que deben guiarlo son la disciplina y la severa ejecución de las leyes. Deben atemperar el rigor de sus funciones con la buena crianza, siempre conciliable con ellas; de este modo se granjearán la estimación y consideración del público. El guardia civil no debe ser temible sino a los malhechores, ni ser temido sino de los enemigos del orden.

El guardia civil sin moralidad no puede granjearse la estimación pública; debe dar ejemplo del orden, pues que esta encargado de mantenerlo.

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NORMAS PARA CONTRAER MATRIMONIO (4 de mayo de 1871)

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MATRIMONIO

Segunda Sección. Circular–Sin embargo de lo prescrito en órdenes vigentes, respecto a las circunstancias que deben concurrir en los individuos que solicitan permiso para contraer matrimonio, veo con disgusto que son muchos los documentos que hay necesidad de devolver por no hallarse ajustados a lo mandado. Con el fin, pues, de evitar ese trabajo inútil que roba algún tiempo en este Centro Directivo, y que tampoco se originen, como a veces sucede, dobles e injustificados gastos a los interesados, y se facilite, además, el pronto despacho de las instancias que con dicho objeto promueven, he tenido por conveniente disponer lo que sigue:

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ORDENES Y CIRCULARES: SERVICIO EN FIESTAS Y ROMERIAS (6 de febrero de 1846)

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fiestas y romerias

PRIMERA SECCION – Circular.-

Son repetidos los casos en que las ferias y romerías de los santuarios inmediatos a los pueblos, en la celebración de quintas y sorteos y otras reuniones populares, en los que por presentarse los guardias sólo con el sable envainado, y por dar auxilio a la autoridad, que reclama una sola pareja, se han suscitado conflictos de gravedad, en que por el primer momento los guardias no han quedado con la superioridad física y moral que siempre deben tener, consecuencia natural del modo en que en principio se presentan a la muchedumbre en casos de esta especie; muchedumbre, en la que a más de los díscolos, que en todas hay por la circunstancia especial del día, suele haber algunos ebrios a quienes les es fácil hacer contravenir la ley; he determinado que para lo sucesivo se observen por los Comandantes de Puesto las siguientes reglas:

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Primera Orden General dictada por el Cuerpo, (B.O.G.C. nº 261, 1-enero-1864)

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EL MENTOR-PRIMERA ORDEN

EN TORNO A PREMIOS Y CASTIGOS (1 de enero de 1864)

SECRETARIA. Circular–Siendo mi ánimo recompensar a los individuos del Cuerpo que lo merezcan y fomentar el buen espíritu e interior satisfacción de todo el que por una conducta irreprensible, un acto distinguido de valor o un destacado servicio humanitario coadyuve a la reputación del Instituto, he dispuesto abrir una Sección de orden general con que en adelante se encabezara la oficial del Boletín del Cuerpo cuando haya motivo para dictarla, en donde yo mismo inscribiré con orgullo el nombre de los acreedores a tan elevada distinción, publicando también la recompensa que hubieran merecido y donde al mismo tiempo entregaré alguna vez a la reprobación del Cuerpo a los que en cualquier concepto hubiesen perjudicado el prestigio colectivo del mismo, si llegara este caso.

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Himno Guardia Civil